Un tema relevante para la innovación es la capacidad/posibilidad de asignar derechos de propiedad sobre el bien público que es el conocimiento. Cuando asignamos derechos de propiedad (con patentes, copyrights, etc.), incentivamos la innovación, al permitir al innovador apropiarse de las rentas que genera (permitiendo hacer excluible este bien público), pero también reducimos el beneficio social, porque limitamos la transferencia de este conocimiento sólo a los que pueden/quieren pagarlo. Al fin y al cabo, como bien público, la innovación es no-rival, es decir, todo el mundo se puede beneficiar de sus efectos sin que esto suponga un menoscabo para ninguno de los que la "consumen". Por tanto, cuantos más la usen, mejor para todos.
Esta ambivalencia hace que la regulación correcta del asunto no sea sencilla, tal como muestra la discusión habitual acerca de lo de compartir archivos en internet, la piratería informática, etc. Jesús Fernández-Villaverde ha estado escribiendo unos días sobre esto, y hoy aparece una columna en el NYTimes que me ha parecido muy clarita. Especialmente me ha gustado su conclusión, que coincide con las ideas de Jesús: es difícil llamar a esto un robo, o un crimen. Se parece más a colarse en el jardín del vecino a disfrutar de la sombra de sus árboles...
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