martes, 22 de septiembre de 2009

Software para reducir la demanda eléctrica

Un proyecto piloto similar al GAD, que consigue reducir un 20% la demanda de electricidad gracias a un software inteligente (que por Europa la gente llama “energy box”). Nótese que esto no es como Google Meter, que es sólo informativo, sino que gestiona los consumos directamente (basado en las consignas del cliente). Igual que en GAD, el objetivo es reducir las puntas, pero como gran parte de las reducciones vienen de calentadores y aires acondicionados, estos consumos no sólo se desplazan, sino que además al desplazarse se eliminan, de ahí la reducción final (a nosotros nos salen cosas alrededor del 15%). La gran pregunta en todos estos temas es: si el consumidor no pierde confort, es porque antes no lo estaba haciendo bien, así que estos sistemas sólo podrán tener un éxito parcial. A partir de ahí, ya habrá que contar con reducir el confort del cliente, aunque puede ser que éste esté dispuesto a hacerlo a cambio de dinero.

4 comentarios:

JacoboCA dijo...

la verdad es que tiene sentido, ya iba siendo hora de que alguien se aprovechase de eso de las casas inteligentes (que aunque en el artículo no se menciona, seguro que es el siguiente paso) para aumentar la eficiencia energética
solo espero que no decidan apagarnos la tele 10 minutos para evitar picos mientras todos vemos el mismo programa a la vez...

un saludo!

Anónimo dijo...

Lo que entiendo es que el desplazamiento de la demanda está descentralizado en las casas, mientras que en el GAD se centraliza en REE. Supongo que la gran ventaja de GAD es que, por contrato firmado, se sabe que, SEGURO, se va a reducir la demanda en picos, y por tanto, SEGURO que no hace falta otra central de CCGT por Valencia (por ejemplo). Pero no estoy seguro de esto que afirmo.

Indi

Pedro Linares dijo...

No, en GAD también el desplazamiento está descentralizado en las casas, de hecho como digo en el blog el modelo es muy similar al de GAD. Otra cuestión es lo de asegurar el desplazamiento: eso tiene más que ver con el tipo de contrato que se firma con el cliente, y por tanto con la posibilidad de intervenir sí o sí en su demanda.

Anónimo dijo...

Ah

Indi